
Presidente
Dr. José Luis Carrasco Zurita
Representante legal del Colegio de Abogados de Tungurahua.
Agenda públicaConducen el Colegio en el periodo 2024–2026.


Presidente
Representante legal del Colegio de Abogados de Tungurahua.
Agenda pública
Vicepresidente
Periodo 2024–2026.
Todo el DirectorioLa directiva, presidida por el Dr. José Luis Carrasco, visitó al alcalde de Ambato para impulsar el trabajo conjunto y la revisión de un inmueble del Colegio en la parroquia Izamba.
Compareció sobre las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial con cinco ejes: jurisdicción, competencia, daños y perjuicios, Consejo de la Judicatura y justicia indígena.
Convocó en la sede una mesa de trabajo para el pronunciamiento institucional del Colegio sobre la Ley Orgánica de Seguridad Nacional y la Ley Orgánica de Inteligencia.

Dra. Victoria Montero
Tesorera

Ab. Ximena Arcos
Secretaria
WhatsApp de Secretaría (se abre en una pestaña nueva)
Dr. Francisco Rivera
Vocal principal

Dr. Jorge Carrillo
Vocal principal

Dr. Román Flores
Vocal principal

Dra. Raquel Carrillo
Pro-Tesorera

Dra. Maritza Gamboa
Pro-Secretaria
Fotografías: flyer oficial del Directorio 2024–2026 del Colegio de Abogados de Tungurahua.
Lo que ordena la ley.
La Ley de Federación de Abogados del Ecuador, vigente con las reformas del Código Orgánico de la Función Judicial, regula cómo se eligen y funcionan los colegios provinciales.
Directorio en funciones
2024–2026
Para conocer el calendario electoral y el detalle del estatuto del Colegio, consulta en la Secretaría.
1
El estatuto del Colegio fija la fecha de las elecciones y la convocatoria se publica en la prensa con al menos ocho días de anticipación. El voto es obligatorio y secreto.
Arts. 20 y 57
2
Tiene el número de miembros que fija el estatuto. La mayoría, incluido el presidente, debe estar en libre ejercicio profesional, y también se eligen suplentes.
Art. 18
3
El Directorio elige de su seno a sus dignatarios. Aceptar un cargo es obligatorio, salvo las excepciones que prevé la ley.
Arts. 18 y 58
La ley prevé un Tribunal de Honor en cada colegio. Si considera que una falta merece suspensión, la notifica al Consejo de la Judicatura para que este la aplique.
Arts. 22 a 30 · Art. 25, reformado por el COFJ
Cada colegio provincial elige delegados a la Asamblea Nacional de la Federación de Abogados, que sesiona cada 20 de febrero, y su presidente integra la Convención de Presidentes.
Desde la Resolución 0038-2007-TC del Tribunal Constitucional, colegiarse es voluntario.
Requisitos de afiliaciónResumen informativo de la Ley de Federación de Abogados del Ecuador. No sustituye al texto oficial ni al estatuto del Colegio de Abogados de Tungurahua.
Trámites, afiliación o una propuesta para el Directorio.